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octubre 18, 2009

Por Luis José Chávez
El autor es periodista y politólogo

Ninguna genialidad. Era demasiado evidente que si el PRD no se ponía de acuerdo internamente para resolver los conflictos de la pasada convención, la Cámara contenciosa se ocuparía de hacerlo.

Bajo el título “La Convención del PRD: un resultado predecible”, escribí el martes 13 de octubre llamando la atención sobre lo difícil que resultaba “entender la decisión de la Comisión Nacional Organizadora de la XXVII Convención Ordinaria y del presidente del Partido Revolucionario Dominicano de negarse a despejar las dudas sobre las denunciadas irregularidades ocurridas en las votaciones del pasado 27 de Febrero”.

“Olvidando la sentencia popular de que la prisa es mala consejera, las autoridades del Partido se aprestan a salir rápidamente del conflicto convencional, proclamando a la carrera a los dirigentes electos, sin tomarse la molestia de cumplir algunas formalidades ordenadas por el mismo reglamento de la convención, como el que dispone el artículo 4 para resolver los aspectos contenciosos, es decir las diferencias entre las partes”, razonaba en mi artículo.

También advertía que “al ingeniero Vargas Maldonado podría convenirle más una solución interna, donde él prácticamente tiene la sartén por el mango, para no decir que el mango también, que arriesgarse a un fallo del máximo organismo electoral, donde las posibilidades de lograr una decisión complaciente son muy remotas, tomando en cuenta el cúmulo de evidencias sobre las violaciones alegadas”. “Y no debería esperarse ninguna sorpresa sobre los resultados de esa decisión. El ingeniero Miguel Vargas se expone a un riesgo absolutamente innecesario”.

Así fue. La Comisión Nacional Organizadora y la presidencia del PRD se negaron a escuchar los alegatos de Guido Gómez Mazara y Tony Peña Guaba y éstos decidieron apoderar a la Cámara Contenciosa de la JCE de de una instancia formal de impugnación.

Horas después de la presentación de los documentos, la Cámara Contenciosa emitió la resolución No. 068/2009 mediante la cual ordenó suspender la    convención de delegados del partido pautada  para el domingo 18 de octubre, y aplazó el conocimiento del fondo de la demanda de impugnación hasta que el litigio fuera conocido por las instancias internas del PRD, como dispone el artículo 4 del Reglamento de la Convención.

Lamentablemente esta decisión no fue suficiente. La dirección del PRD rechazó la resolución y sometió una petición para que la Cámara Contenciosa volviera sobre sus pasos y la dejara sin efecto.

La respuesta fue la Resolución No. 069/2009, emitida en la noche del sábado, con la que, primero declaró inadmisible el recurso de revisión contra la resolución número 068/2009, elevado por los abogados del PRD, y segundo, ratificó en todas sus partes la resolución número 068/2009, de fecha 16 de octubre.

Frente a esta penosa situación, me identifico plenamente con unas ideas expresadas a raíz de la primera resolución de la JCE por el economista Luis Abinader: “Lo que más le conviene al PRD es que sean sus organismos del Partido y no la JCE los que procesen el reclamo de Guido Gómez y Tony Pena, y que Miguel Vargas demuestre a los perredeistas que además de negociar con los contrarios del PRD, también en capaz de hacerlo con los diferentes sectores internos y trabajar por la unidad”.

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